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España dispone: “se garantiza la libertad
ideológica
, religiosa y de cu
(artículo 16.1); la de Irlanda determina que “se garantizan a todos los
dadanos la libertad de
conciencia y la libre profesión y práctica de la relig
(artículo 44.2); la de Japón preceptúa que “serán
inviolables las libert
de pensamiento y de conciencia
” (artículo 19), y la de Portugal instituye
“será inviolable la
libertad de conciencia, religión y culto
” (artículo 41.1)
El problema de la secularidad tiene muchas implicaciones para la
servación de la paz interior en África del Sur y en la India. Por esta razó
Constitución sudafricana de 1996 estableció que todas las personas tie
“derecho a la libertad de conciencia, religión, pensamiento, creencia y
nión” (artículo 15). En cuanto a la India, el preámbulo de la Constitu
de 1950 fue modificado en 1976. En su texto original decía: “Nosotro
pueblo de la India, habiendo resuelto solemnemente constituir India c
una república democrática soberana…”. La adición de 1976 consisti
introducir dos nuevos elementos para caracterizar al Estado indio c
una “república
socialista secular
democrática soberana”. La parte precep
dispone, a su vez, la libertad de conciencia y de profesión, práctica y pr
gación de la religión (artículo 25). Sin embargo, esa libertad queda “su
al orden público, a la moralidad, a la salud y a las demás disposici
constitucionales”.
En el pasado próximo, los casos más radicales correspondieron a
Constituciones soviética de 1977 y china de 1978. En el primer cas
artículo 52 decía: “Se garantiza a los ciudadanos de la urss la libe
de conciencia, es decir, el derecho a profesar cualquier religión o a
profesar ninguna, a practicar un culto religioso o a realizar propaga
ateísta. Se prohíbe excitar la hostilidad y el odio en relación con las cr
cias religiosas. En la urss la Iglesia está separada del Estado, y la esc
de la Iglesia”.
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Ese mismo concepto era acogido por el artículo 46 d
Constitución de la República Popular de China de 1978. La Const
ción china de 1982, en vigor, elimina la propaganda ateísta y adopt
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La Constitución de la República Socialista Federativa Soviética de Rusia, de 1925, consid
que la libertad de conciencia incluía la facultad de hacer propaganda de carácter religioso y an
ligioso (artículo 4º).