Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
SON NUMEROSOS EN ESPAÑOL los sustantivos derivados de verbos, casi siempre pertenecientes a la primera conjugación (terminados en –ar), que se forman mediante la adición de los sufijos –a y –o. Su significado general es el de ‘acción o efecto’ y la regla morfológica es muy simple: del infinitivo se elide el morfema —por ejemplo, -ar, en los verbos de la primera conjugación— y se añade el sufijo -a u -o (conquistar > conquist- > conquista; charlar > charl- > charla; desayunar > desayun- > desayuno; regañar > regañ- > regaño). Puede hablarse de pares de derivados cuando a la misma raíz es posible añadirle ya sea el sufijo -a, ya sea el sufijo -o. Casi siempre, en estos casos tiene su propio significado cada una de las voces. Por ejemplo, del verbo cargar proceden dos derivados: carga (‘acción y efecto de cargar’) y cargo (‘conjunto de cantidades de que uno debe dar satisfacción’).
        Algo semejante puede observarse en la pareja fallo / falla. Creo sin embargo que este caso es un poco más complicado, porque la forma en que ambos derivados se oponen puede ser diferente, dependiendo del dialecto del español de que se trate. Véase primero como explica el DRAE (edición de 2001) cada una de estas voces. Tanto el derivado fallo cuanto el verbo fallar tienen ahí dos artículos: 1) fallo1. (De fallar1) Der. Sentencia de un juez o de un tribunal (...) 2. Decisión tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso (...). 2) fallo 2, lla. (De fallar2). (...) (acep.) 5. Acción y efecto de salir fallido algo (...). Obsérvese que en esta entrada del DRAE, la voz falla sólo puede explicarse como adjetivo femenino, pues si fuera sustantivo debería tener su propia entrada. Por tanto con esta quinta acepción sólo se emplea el sustantivo masculino fallo. Por lo que respecta al verbo, fallar1 se define así: ‘Decidir, determinar un litigio, proceso o concurso’; fallar,2, por su parte, es ‘no acertar o equivocarse’ y, dicho de una cosa o de una persona, ‘no responder como se espera, dejar de funcionar bien, perder su resistencia...’
        Ahora bien, el vocablo falla cuenta con tres entradas en el DRAE; sin embargo en ninguna de ellas se explica como derivada. Para esta discusión sólo interesa falla,1 en varias de sus acepciones: ‘defecto material de una cosa’, ‘defecto, falta’, ‘incumplimiento de una obligación’, ‘avería en un motor’. El DRAE le asigna a este vocablo, como etimología, el sustantivo falla (‘defecto’), del latín vulgar. Esta nota etimológica aparece apenas en la más reciente edición del DRAE (la vigésima segunda de 2001). En la anterior (1992) se anotaba que falla era una voz derivada del verbo intransitivo y defectivo fallir (‘faltar o acabarse una cosa’, ‘errar, no acertar’, ‘engañar o faltar uno a su palabra’). Lo más interesante es que en la edición de 2001 no sólo se cambia la explicación etimológica de falla (ya no de fallir, sino de latín vulgar falla), sino que, además, se elimina por completo la entrada correspondiente a fallir, dejando sólo un artículo para el adjetivo fallido, da, que se explica como procedente del participio del antiguo fallir, verbo que, supongo que precisamente por antiguo, queda eliminado del DRAE(!).
        Ciertamente el verbo fallir (tanto en infinitivo como en diversas formas conjugadas) aparece en textos correspondientes a los siglos XII a XIV, pero no se halla a partir del siglo XV. Valdría la pena señalar, por lo que respecta a su eliminación del DRAE por una parte, que el ser verbo antiguo no es razón para desecharlo, pues el DRAE contiene muchos términos arcaicos, lo que no resulta superfluo ya que facilita la comprensión de textos —literarios o no— de épocas pretéritas; y, por otra, dado que persiste en el español moderno el adjetivo fallido, -da, no hay otra forma de explicar su origen sino como participio del verbo fallir. Por último, si el adjetivo fallido, en la edición del 2001 del DRAE, se explica como participio de fallir, no veo inconveniente alguno en que el sustantivo falla se considere, asimismo, como derivado de ese mismo verbo.
        Independientemente de la explicación etimológica, muy discutible, la oposición fallo / falla no parece ser hoy la misma en el español mexicano y en el europeo. En México, el sustantivo falla casi siempre se emplea con el significado de ‘defecto material, deficiencia, error, falta, incumplimiento, avería’, y por lo contrario, con fallo se alude a una ‘sentencia, decisión’. Véanse algunos ejemplos, tomados de periódicos mexicanos relativamente recientes: 1) falla: “...apagar el equipo, en caso de alguna falla eléctrica”, “...atribuir el accidente a alguna falla humana”, “la hipótesis de una falla técnica...” La palabra falla puede también ser tercera persona de singular del presente de indicativo de fallar, como en el siguiente texto: “...los niños salen de la secundaria y si les falla su calculadora...” 2) fallo: “...se comenta que podría recibir fallo la semana que entra”, “existen además problemas latentes, como el fallo de la Suprema Corte...”, “precisaron que el fallo absolutorio del jurado...”, “la Suprema Corte emitió su fallo contra Flood...”, el gobernador contestó que aceptaba el fallo...”
        Por lo que toca al español de España, ahí la voz falla, casi siempre, es verbo (presente de fallar), como en los siguientes ejemplos tomados de periódicos españoles recientes: “...pero unas veces se falla y otras no”, “...la afición le silba cada vez que falla un balón”, “si la memoria no me falla, tengo entendido que...”, etc. El verbo fallar, allá y acá, se emplea con los mismos valores. Lo destacable es que en España es muy raro, por no decir nulo, el empleo de falla como sustantivo equivalente a ‘deficiencia, error, falta’. Ahora bien, por lo que respecta a fallo, se emplea ciertamente, como en México, para referirse a una sentencia o decisión, como en los siguientes ejemplos: “...tormenta desatada por un juez de Bilbao que en su fallo ordena la apertura de...”, “...está pendiente del inminente fallo del Tribunal Militar”... Sin embargo, quizá en la mayoría de los casos, en textos del español europeo, fallo tiene el sentido de ‘error, deficiencia, falta’, como puede verse en los siguientes ejemplos tomados de crónicas deportivas en algunos diarios peninsulares: “...el tanto de la victoria del conjunto bilbaíno. Ese fallo pesó como una losa...”, “Jacinto aprovechó en el 40 un fallo defensivo y marcó...”
        En resumen, en México, por una parte, tienen plena vitalidad tanto el sustantivo masculino fallo como el femenino falla. Por otro, la oposición fallo / falla se puede explicar como ‘sentencia, decisión’ (significados de fallo), frente a ‘error, deficiencia’ (significados de falla). Por lo contrario, en España, en primer lugar, casi no se emplea el sustantivo falla. Por ello, fallo puede significar ahí, según el contexto, tanto ‘sentencia, decisión’, cuanto ‘error, deficiencia’.

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