Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
Minucias del lenguaje - José G. Moreno de Alba, publicadas por el FCE.
El vocablo situación tiene varias acepciones en el DRAE. Para la explicación que pretendo hacer en esta nota me interesa sólo una de ellas, que aparece por primera vez en la edición de 1970 y que textualmente dice lo siguiente: “Conjunto de las realidades cósmicas, sociales e históricas en cuyo seno ha de ejecutar un hombre los actos de su existencia personal”. Esta definición, en mi opinión un tanto solemne y retórica, se mantuvo en las sucesivas entregas del Diccionario hasta la de 1992 inclusive. En la más reciente, la 22ª, correspondiente al año 2001, queda redactada de forma más sencilla y, sobre todo, más clara y precisa: se entiende por situación el “conjunto de factores o circunstancias que afectan a alguien o algo en un determinado momento”. Me parece, por otra parte, que así sea de forma un tanto confusa, esta acepción aparecía ya en el Diccionario de Autoridades (1739): “La disposición de alguna cosa en el lugar que le corresponde”. Por disposición bien podemos entender precisamente ese conjunto de factores o circunstancias de que habla la definición que de situación encontramos en las ediciones recientes del DRAE.

     En textos anteriores al siglo XVII el vocablo situación suele aparecer con un sentido relacionado con alguna de las dos acepciones del situar(se): o bien ‘poner a alguien o algo en determinado sitio’, o bien ‘asignar fondos para algún pago o inversión’. Ejemplo del primer caso puede ser el siguiente pasaje de un documento notarial mexicano de 1532: “Por razón de la situación de los pueblos de los indios, conviene que se hagan algunas poblaciones de españoles en partes donde cómodamente los indios puedan ocurrir con lo que han de contribuir […]”. Como ejemplo del segundo puede servir este fragmento de un texto de Luis Valle de la Cerda (1600): “Por esta vía se deven desempeñar luego todas aquellas rentas y consignaciones que Su Magestad tuviere dadas a mayores interesses, antes que las que están a menos, porque, pagándose a los acreedores, no padece más Su Magestad de tres por ciento de interesses, y la renta o situación, que es tan alta, sirve para desfalcar de la suma principal por la vía arriba referida”.

     El significado de ‘conjunto de factores y circunstancias que afectan a alguien o a algo’ puede percibirse ya con toda claridad en textos del siglo XVII, como en el siguiente pasaje de una carta del obispo Juan de Palafox (1645): “Y hasta tal punto ha aumentado el menoscabo de las iglesias, que se suprimen prebendas de catedrales, quedando reducidos los prebendados a una situación tan miserable que, o tienen que ponerse a mendigar con desdoro de su ordenación y de su estado, o tienen que abandonar las iglesias catedrales buscando la cura de almas para poder así dar a Dios el culto debido y los divinos oficios”. Independientemente de la significación con que se emplee el vocablo situación en textos anteriores al siglo XVIII, siempre aparece precedido de un artículo o de algún otro determinante: la situación, una situación, esta situación, etc.

     Es probable que sea a partir de la segunda mitad del siglo XVIII cuando comienza a usarse sin artículo ni determinante, dando lugar a la locución fija situación de, normalmente precedida de preposición, casi siempre de la preposición en: en situación de. Los versos siguientes pertenecen al poema “Pelayo o La muerte de Munuza”, que Gaspar Melchor de Jovellanos escribió hacia 1770: “Puedo llevar a efecto mis designios / y poneros con sola una palabra / en situación de ser menos temido”. La locución en situación de, según los voluminosos datos del Corpus diacrónico del español, aparece 4 veces en textos del siglo XVIII, 140 veces en textos del XIX y 191 en textos del XX (anteriores a 1975). En el Corpus de referencia del español actual, que contiene textos posteriores a 1974, hay 815 registros de esa locución. Se trata, evidentemente, de una expresión de empleo creciente.

     La preposición de (de la locución en situación de) suele introducir nombres abstractos. Recuérdese que son abstractos los nombres que no designan una realidad material: en situación de debilidad, de riesgo, de alerta, de pobreza, de retiro, de abandono, etc.). La preposición de, en la locución que se está explicando, puede también introducir oraciones de infinitivo: en situación de decir nada, de conocer, de decidir, de participar, de alcanzar, de imaginar, etc. Me ha llamado la atención, por tanto, oír, reciente pero reiteradamente, en la radio o leer en la prensa, en México, la expresión en situación de calle, referida a personas, frecuentemente niños, que por carecer de vivienda pasan la noche en la calle: el gobierno de la ciudad está preocupado por los niños en situación de calle, valga como ejemplo. No apruebo ni, mucho menos, repruebo la expresión. Señalo simplemente que me parece, me suena rara, seguramente por el hecho de que a la locución en situación de sigue en ese caso un sustantivo concreto (calle) y no, como en los demás, un nombre abstracto o una oración de infinitivo. En los cientos de ejemplos que aparecen en los corpus citados no encontré otro caso semejante; ello no quiere decir, obviamente, que no existan. Obsérvese por otra parte que, en las expresiones ortodoxas, por llamarlas de alguna manera, pueden hacerse sustituciones o glosas como las siguientes: en situación de debilidad = en condiciones de debilidad = en un estado de debilidad. ¿Podrá decirse niños en condiciones de calle, en estado de calle? Recuerdo el caso de aquel extranjero que decidió pasar un tiempo en el aeropuerto de la Ciudad de México. Ahí comía, ahí dormía. ¿Estaba esa persona en situación de aeropuerto?


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