Si bien desocupado y desalojado implican la idea de vaciar un espacio, el verbo desalojar expresa casi siempre un matiz de obligatoriedad; generalmente la acción es ejecutada por el propietario de un inmueble (El dueño del departamento donde vivo intentó desalojarme antes de que terminara mi contrato) o bien por el desalojado pero orillado por las circunstancias y no de manera voluntaria (Tuvimos que desalojar el edificio porque presentaba daño estructural irreparable; Debido a una fuga de gas, desalojamos la oficina inmediatamente). Por su parte, desocupar se refiere a un hecho voluntario ejecutado principalmente por el inquilino: Desocuparé el departamento porque quiero irme a vivir con mi pareja, Aún tengo tiempo de desocupar el edificio pues mi contrato termina en abril de 2018.
A pesar de las diferencias semánticas enunciadas, frecuentemente no se hace esta distinción en la legislación mexicana, pues la acción legal mediante la que se promueve la desocupación o el desalojo de un inmueble se conoce como desahuciar. Consiste en demandar la desocupación de un espacio y, si el juez dicta la sentencia en sentido favorable, se traduce en el acto de lanzar o desalojar a una persona física o moral de ese espacio. Con un sentido más coloquial, suele emplearse la voz expulsar.
Acentuación en la palabra solo